La
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) realizará controles a escala
nacional para verificar la venta oficial del cilindro de gas de uso doméstico en
USD 1,60. Los distribuidores deberán emitir facturación electrónica por la comercialización
del combustible, desde el 01 de enero de 2020.
Los
comercializadores de gas licuado de petróleo (GLP) doméstico que realicen actividades
de venta al por mayor y menor del combustible están obligados a emitir
comprobantes de venta electrónica, sin que haya algún incremento en el precio
oficial de USD 1,60 en los depósitos, hacia el consumidor final.
La
obligación de emisión de los comprobantes de venta y de retención del IVA se encuentra
vigente desde el 30 de julio de 2010, el mismo fue publicado en el Registro
Oficial No. 247. Sin embargo, a partir del 01 de enero del presente año, mediante
Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000431, expedida el 19 de diciembre de 2018, por
el Servicio de Rentas Internas (SRI) se dispone que la facturación física
cambie a forma electrónica.
La
emisión de comprobantes de venta electrónicos se realiza con la finalidad de reducir
el uso de recursos por parte de los comercializadores a través de un esquema de
simplicidad tributaria conforme a las competencias del SRI.
El
Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, José Agusto, informó
que la medida no implica ningún tipo de variación en los precios de venta del
GLP al consumidor final y que en el caso de especulación, la Agencia de Regulación
y Control Hidrocarburífero mantiene habilitada la línea de contacto ciudadano
1800 LO-JUSTO (565878) para recibir y atender las denuncias sobre incumplimientos
respecto a esta disposición.
Para
la transferencia o venta de gas licuado de petróleo doméstico, se incorporará como
requisito adicional en los comprobantes de venta que se emitirán, el número de
la cédula de identidad o ciudadanía del adquiriente o comprador.
El
Gobierno Nacional garantizará el normal abastecimiento del GLP doméstico a escala
nacional y tomará las acciones de control y sanción respectivas de acuerdo a la
ley y normativa legal vigente, en beneficio de los ecuatorianos.
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