El Pleno de la Asamblea Nacional,
con el voto de 94 asambleístas, destituyó a la asambleísta Sofía Espín,
representante de la provincia del Guayas, por haber infringido lo previsto en
el numeral 1 del artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, es
decir, realizar actividades incompatibles con su cargo.
Según el informe de la Comisión
Multipartidista, que presidió Jimmy Candel, se recabó información relativa a
que Sofía Espín visitó a Diana F., testigo protegida en el caso del secuestro a
Fernando Balda, conducta que se agravó al acudir acompañada de la abogada de la
contraparte de otro sujeto procesal, en un día que no era de visitas y con
pleno conocimiento de que al día siguiente se realizaría la audiencia
preparatoria de juicio. La testigo aseguró a la Comisión que le hicieron
ofrecimientos para que cambie su versión.
Dentro del proceso de
investigación, la mesa escuchó los argumentos del denunciante Esteban Bernal;
del ministro de Justicia encargado, Paúl Granda; y, de la asambleísta
investigada, Sofía Espín.
En la Comisión se presentó,
también, un informe de minoría suscrito por Bairon Valle. El de mayoría fue
suscrito por Jimmy Candel y Fernando Callejas. Candel aseguró que antes de
aprobar el documento examinaron los hechos, recabaron evidencias, escucharon a
las partes, contrastaron versiones y realizaron las respectivas valoraciones.
Según lo resuelto por la Asamblea
Nacional, para la destitución de un legislador se requiere mayoría absoluta, es
decir, la mitad más uno de los miembros de la Legislatura (70 votos), según el
artículo 8 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
En el caso de la
legisladora Sofía Espín la moción para aprobar el informe de la Comisión
Multipartidista de Investigación que recomienda la destitución, obtuvo 94 votos
afirmativos. 31 fueron negativos y 7 abstenciones.
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