El Ministerio de Acuacultura y
Pesca, informa que entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre, regirá en todo
el país el segundo período de veda del cangrejo rojo (Ucides occidentalis), y
el cangrejo azul (Cardisoma crassum), por lo que se prohíbe la captura,
transporte, posesión, procesamiento y la comercialización interna y externa de
estas especies.
Este segundo período establecido
mediante Acuerdo Ministerial N.º 016 el 03 de febrero de 2004, se determinó a
causa del ciclo de muda (reemplazo de caparazón) por la que transitan las
especies. En esta fase, los cangrejos segregan oxalato de calcio y consumirlos
resultaría perjudicial tanto para la reproducción de los cangrejos y para la
salud de los humanos.
Más de 200 inspectores de pesca
de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, funcionarios de la Unidad de
Protección del Medio Ambiente y la Policía Nacional se desplazarán a nivel
nacional para realizar operativos de control en los manglares, aeropuertos,
terminales terrestres, restaurantes, mercados y centros de acopio que se
dedican a comercializar cangrejo rojo y azul, con el objetivo de controlar el
cumplimiento de esta normativa.
Quienes infringieren las
disposiciones del presente acuerdo, serán sancionados por las infracciones
tipificadas en el artículo 46, literal b) de la Ley de Pesca y Desarrollo
Pesquero, con las penas establecidas en el artículo 79 de la misma ley, sin
perjuicio de las sanciones que establezcan otras normativas vigentes.
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